Ampliamos nuestro alcance de acreditación con la determinación de uno de los contaminantes más complejos y exigentes: el 2 y 3 MCPD y el glicidol.
Estos compuestos contaminantes pueden formarse en los procesos de refinado, como la desodorización, en los que se alcanzan altas temperaturas entre 180° y 170°C. La concentración de estos compuestos varía en función del tipo de aceite y de su procesado. Es mayor en los aceites de palma e inexistente, por ejemplo, en los aceites de oliva virgen.
El 2 y 3 MCPD y el glicidol se detectaron en los aceites vegetales a principios de los 2000 y durante todo este tiempo se ha ido investigando su posible impacto en la salud humana. El consenso científico ha determinado recientemente que el 3 MCPD es carcinógeno, el glicidol es carcinógeno y genotóxico y para el 2 MCPD la evaluación toxicológica sigue en curso.
En la actualidad, pese a la importancia de controlar su presencia, la complejidad en la determinación hace que apenas haya laboratorios acreditados en España para determinar con fiabilidad la concentración de estos compuestos contaminantes.
En el laboratorio Indlab, podemos determinar su presencia en todos los aceites vegetales comestibles, incluyendo el de palma, orujo, oliva, girasol, colza y soja, entre otros.
Actualmente, el contenido máximo de 3 MCPD y el glicidol se encuentra regulado en el Reglamento 1881/2006 que, en septiembre de 2020, excluyó a los aceites de oliva vírgenes, pero no así a los de orujo de oliva y los de oliva refinados. Los límites establecidos para los aceites vegetales son ampliamente cubiertos por la acreditación del laboratorio Indlab y son de obligada aplicación desde enero de 2021.
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Análisis 2 3 MCPD y glicidol
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Con esta nueva acreditación en contaminantes, en Indlab seguimos respondiendo a nuestro objetivo de ofrecer en un único laboratorio todo lo que el sector del aceite necesite. La apuesta del laboratori por la acreditación y la excelencia analítica es firme y, cada año, nuestro personal trabaja por renovar su alcance y ampliarlo con nuevos ensayos.
El camino hacia la excelencia nunca se acaba.
Son contaminantes que se encuentran en algunos alimentos transformados y en aceites vegetales, en especial, el aceite de palma. El 3 MCPD y sus ésteres glicidílicos se forman durante los procesos de refinación del aceite. La aplicación de elevadas temperaturas (superiores a los 200º) a alimentos ricos en grasa provoca la formación de compuestos químicos como el 2-3-MCPD, el glicidol y los ésteres glicidílicos.
Estos contaminantes pueden detectarse mediante análisis en laboratorio. En Indlab, llevamos años dando servicio a las principales empresas del sector del aceite que analizan con nosotros su producto.
Nuestro método de análisis está desarrollado y validado a nivel internacional y en 2021 hemos logrado la acreditación de este ensayo por parte de ENAC.
Porque los consumidores, y todos lo somos, al ingerir alimentos contaminados con estos compuestos pueden ver afectada su salud de manera grave. Así, el 3-MCPD afecta a la fertilidad, al riñón y al desarrollo de tumores benignos. Por su parte, los ésteres glicidílicos son hidrolizados en nuestro tracto intestinal en glicidol, un compuesto que puede dañar el ADN y producir cáncer.
Por este motivo es necesario analizar en laboratorio los aceites y grasas vegetales susceptibles de tener 3-MCPD y sus ésteres glicidílicos.
El Reglamento (CE) nº 1881/2006 fija el contenido máximo de determinados contaminantes en los productos alimenticios, entre ellos los metales, los hidrocarburos aromáticos policíclicos o el 3-MCPD. El 28 de febrero, el anexo de ese reglamento ha sido modificado por el Reglamento (CE) nº 2018/290 que añade los límites de los ésteres glicidílicos y en septiembre de 2020 por el 2020/1322 que extiende los límites a otros alimentos y excluye a los aceites de oliva virgen.
Para conocer si el aceite o grasa vegetal presenta 3-MCPD y ésteres glicidílicos es necesario hacer un análisis que determine si estos contaminantes superan el contenido máximo fijado por ley.
El 3-MCPD mantiene su límite en 20μg/kg para la salsa de soja y la proteína vegetal hidrolizada y en 1250μg/kg y 2500μg/kg su suma para aceites y grasas vegetales, aceites de pescado y aceites de otros organismos marinos introducidos en el mercado para el consumidor final o para su uso como ingrediente en alimentos.
Por su parte, a sus ésteres glicidílicos se les ha impuesto un contenido máximo de 1000 μg/kg para cualquier aceite y grasa vegetal disponible en el mercado, bien para consumo directo, bien para su uso como ingrediente en alimentos.
En el caso de aceites y grasas vegetales destinados a la producción de alimentos infantiles y alimentos elaborados a base de cereales para lactantes y pequeños de corta edad, el reglamento es más estricto, fijando su contenido máximo en 500 μg/kg.
La autoridades muestran aún mayor restricción para los productos alimenticios dirigidos a niños y lactantes. Así, a los preparados para lactantes, los de continuación y los alimentos para usos médicos especiales, bien en polvo, bien en líquido, se limita a 50 μg/kg y los 6 μg/kg, respectivamente, su contenido máximo de ésteres glicidílicos de ácidos grasos expresados como glicidol.
Si los análisis de 3-MCPD y sus ésteres glicidílicos detectan un contenido superior a norma no podrán comercializarse más allá del 19 de septiembre de 2018; y siempre y cuando se hayan introducido en el mercado antes de la entrada en vigor del Reglamento (CE) nº 2018/290. El Reglamento (CE) nº 1881/2006, que fija los contenidos máximos de varios contaminantes es muy claro. En su primer artículo dice: «no se comercializarán cuando contengan uno de los contaminantes […] en una cantidad que supere el contenido máximo establecido».
Analizar la presencia de 3 mcpd y sus ésteres glicidílicos para tener unos aceites y grasas más seguros
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